lunes, 14 de septiembre de 2015

“BANCO ITAU BUEN AYRE S.A. C/DÍAZ, HÉCTOR ALBERTO S/EJECUTIVO” (Expte. N° 83226/2003)

 El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nº 5, Secretaría Nº 10, sito en Diag. Roque Saénz Peña 1211, PB, Capital Federal, comunica por dos días en los autos “BANCO ITAU BUEN AYRE S.A. C/DÍAZ, HÉCTOR ALBERTO S/EJECUTIVO” (Expte. N° 83226/2003), que la martillera Luisa Victorina Battiato C.U.I.T. 27-05612279-1 rematará el día 24 de setiembre de 2.015 a las 11,30 hs., en la calle Jean Jaures 545, Cap. Fed., el 50% del inmueble sito en la calle López Vicente L. 2449, e/Gral. Zamudio y Cnel. Espora, Localidad de Sarandi, Pdo. de Avellaneda (Pdo. 004), Partida 086659-0, Provincia de Buenos Aires; Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc. P, Manz. 51, Parcela 5a, Sub. Parcela 2; Matrículas: 41883/2; U.F. 2, integrada por las sub parcelas 00-02 y 01-01 (fs. 191 vta. y 280); con una superficie total para el poligono y la U.F. de 203m² 43dm², sobre plano. (fs 191 -280/81). La propiedad a la que se accede por un patio descubierto esta edificada en dos plantas y consta de tres habitaciones, dos baños, living-comedor, cocina-comedor,  lavadero, patio y terraza. El mismo se encuentra ocupado, todo en regular estado de uso y conservación. Venta al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo. BASE: $400.000.-. Seña 30 %. Comisión  3 %. Arancel 0,25% (Acordada Nº 10/99), Sellado de ley Prov. de Buenos Aires 1,2%. DEUDAS: Arba: $939,50 al 29/05/2012 (fs. 212); Municipalidad de Avellaneda: $3020,93 al 15/06/2012 (fs. 240); Aysa: sin deuda al 12/03/2013 (fs. 259/60). El comprador deberá constituir domicilio en el lugar que corresponde al asiento del juzgado. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del 5º día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el cpr. 580. Queda prohibida la compra en comisión, así como la ulterior cesión del boleto que se extienda. El comprador deberá hacerse cargo de la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones adeudados con relación al bien objeto del remate. Hágase saber a los eventuales interesados que las expensas comunes devengadas con anterioridad a la subasta son obligaciones “propter rem”, y que en caso de que el precio de la cosa no alcance para que dicha deuda sea satisfecha por el vendedor, las mismas deben ser pagadas por el adquirente. El demandado posee L.E. 8.300.846. Exhibición: días 21 y 22 de setiembre de 2.015 de 11,00 a 13,00 hs. Buenos Aires,9 de setiembre de 2.015.
Marina Meijide Castro, Secretaria.
LC  v17 -9