lunes, 29 de septiembre de 2014

EDICTO - CLINICA Y SANATORIO PRIVADO ROCA SA S/PEDIDO DE QUIEBRA, expediente Nro. 46654

  El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, a cargo del Dr. Pablo Alberto Pizzo, Secretaría Unica, hace saber que con fecha 19/06/2014, en los autos caratulados: CLINICA Y SANATORIO PRIVADO ROCA SA S/PEDIDO DE QUIEBRA, expediente Nro. 46654 que con fecha 19/06/2014 se ha procedido a la presentación del informe final y proyecto de distribución y se han regulado los honorarios de primera instancia, “…teniendo en cuenta la naturaleza, extensión, eficacia y mérito de la labor profesional realizada, debiendo tomarse como base regulatoria la señalada por el artículo 267 párrafo 1º de la ley 24.522, esto es el total del activo realizado que asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTO OCHENTA ($ 648.380); en consecuencia, practícanse las siguientes regulaciones de honorarios; a) los del Dr. Ricardo Leggire (letrado apoderado de la acreedora peticionaria de la quiebra necesaria y directa) en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), con más los aportes de ley.- b) los de la ex Síndico Beatríz Gabriela Susterman, en la suma de PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 19.250), con más los partes de ley.- c) los del Dr. Enrique Marcelo Marengo (patrocinante de la ex Síndico ut supra referida) en la suma de PESOS MIL CIEN ($1.100), con más los aportes de ley.- d) los del Síndico actuante Adolfo Jorge Santos, en la suma de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($ 27.500), con más los aportes de ley. Asimismo, en vista de las constancias obrantes en autos, hágase saber a la ex-síndico ut supra aludida que, a tenor de lo contemplado por el art. 257 de la Ley 54.522, los  honorarios regulados a su patrocinante deberán ser soportados por la misma. REGISTRESE.- III) Atento el estado de autos, y de conformidad con los fines dispuestos por el art. 218 de la ley 24.522, hágase conocer el proyecto de distribución final y honorarios regulados en este acto. Lomas de Zamora, 11 de agosto de 2014. Jorge Raúl Alarcón, auxiliar.
LC S/C v30-9