martes, 16 de septiembre de 2014

COLEGIO PUBLICO DE MARTILLEROS Y CORREDORES DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE LOMAS DE ZAMORA

Asamblea Constitutiva
De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 12 y 31 de la Ley 10.973, el Consejo Directivo del Colegio Público de Martilleros y Corredores del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, CONVOCA a los Colegiados con domicilio Legal en los Partidos de Avellaneda/Lanús, a la Asamblea Constitutiva para la creación del “Colegio Público de Martilleros y Corredores del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús a realizarse el día Miércoles 19 de Noviembre de 2014, a las 11 horas, en la sede de la “Asociación de Martilleros y Corredores Públicos de Lanús”, ubicada en la calle Vélez Sársfield número 2545 del Partido de Lanús.
Orden del día:
1) Conformación de Consejo Directivo, a saber: Presidente, Vice presidente 1º, Vice presidente 2º, Secretario General, Pro Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Pro Tesorero, Vocal titular 1º, Vocal titular 2º, Vocal titular 3º, Vocal titular 4º, Vocal titular 5º, Vocal suplente 1º, Vocal Suplente 2º, Vocal suplente 3º, Vocal Suplente 4º, Vocal Suplente 5º.
2) Conformación de Tribunal de Disciplina, a saber: Diez (10) Miembros.
1) Constitución de dos (2) mesas receptoras de votos (1 en cada sede), el acto comicial se llevará a cabo en el horario de 12 a 16 hs. en la sede de la “Asociación de Martilleros y Corredores Públicos de Lanús”, ubicada en la calle Vélez Sársfield número 2545 del Partido de Lanús; y en la sede “Asociación de Martilleros y Corredores Públicos de Avellaneda”, ubicada en la Avenida Belgrano número 522 del Partido de Avellaneda”. Autoridades fiscalizadoras del  comicio: Presidente, Secretario y Tesorero del Colegio Público de Martilleros y Corredores del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, conjuntamente con los apoderados de las listas que se presenten a la elección.
1) Proclamación de Autoridades electas en la “Asociación de Martilleros y Corredores Públicos de Lanús”.
Importante: Para participar de la Asamblea y  tener voz y voto, los colegiados deberán poseer sus cuotas de colegiación al día, hasta el año 2014 inclusive.
Art. 31, Ley 10.973: La Asamblea funcionará con la presencia de más de un tercio (1/3) de los inscriptos. Si a la hora de la citación no hubiera número suficiente, funcionará válidamente una hora después con los asistentes, siempre que su número no sea inferior a diez (10)
Juan C. Donsanto, Presidente; Daniel O. Ortiz, Secretario.
LC V18-9