martes, 22 de mayo de 2012

EDICTO - SANCHEZ, Carlos Andrés C/DAUBAS, Raúl s/Despido

Edicto Judicial. EL Tribunal de Trabajo nº3 de Avellaneda de Avellaneda, hace saber al señor Raul Daubas, que en los autos «SANCHEZ, Carlos Andrés C/DAUBAS, Raúl s/Despido», expediente nº 26.075 que tramitan por ante este Tribunal se ha dictado sentencia en fecha 13 de Noviembre de 2003, que en lo perinente dice: «Avellaneda, 13 de Noviembre de 2003. Autos y Vistos: Y Considerando: Los fundamentos y citas Legales del Acuerdo que antecede el Tribunal dicta su pronunciamiento: Haciendo lugar a la demanda instaurada por CARLOS ANDRÉS SANCHEZ contra RAUL DAUBAS por cobro de pesos en concepto de indemnización por antigüedad, omisión de preaviso, etc, deberá ser acogida por los rubros y sumas antes señalados. Condenando a Raul Daubas a abonar a Carlos Andrés Sanchez, dentro del término de los diez días de notificado la suma de $ 6.690,95-, con mas sus intereses que se calcularán desde el mes de marzo de 2002 y hasta junio de 2002, de acuerdo a la tasa pasiva que para depósitos a treinta días paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires (S.C.J.B.A. -A.c 43.448 del 21/05/91; Ac. 45.858 del 21/05/91), y a partir del mes de Julio de 2002 y hasta su efectivo pago se le deberán adicionar los intereses respectivos conforme la tasa activa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones corrientes de préstamos. Debiendo depositarse dicho monto en la sucursal local del mencionado Banco. Las costas se imponen a la vencida (art.19 ley 11653). Asimismo la accionada, deberá extender las certificaiones previstas por el art. 80 de la LCT, dentro de los diez días de notificada, bajo apercibimiento de astreintes (art. 666 C.C.). Regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes y practíquese liquidación por Secretaría (art.505 C.Civil causa 77914 S.C.J.B.A. 2/10/02). Regístrese. Cúmplase con la resolución 2326/02. Notifíquese y previa vista Fiscal, archívese. «Fdo. Dr.Carlos Alberto Zubeldía. Presidente. Dra. Graciela E. Cárrega. Juez. Dra. María Cristina Goldstein. Juez. Dr. Guillermo P. Odoguardi. Secretario - Avellaneda, 26 Abril de 2012. A continuación, se transcribe el auto que ordene el presente: «Avellaneda, 21 de noviembre de 2011. Encontrandose rebelde el demandado y atento lo informado por el oficial notificador, y constancias de autos, notifiquese al señor RAUL DAUBAS la sentencia dictada en autos por medio de Edictos, lo que se publicaran por el termino de DOS DIAS, en el Boletin Oficial y el diario La Ciudad (art. 59; 62 arts. 145 y ss. CPCC), dejandose constancia que es a cargo de la parte actora quien litiga con beneficio de gratuidad (art. 22 de la ley 11653). «Fdo. Dra. Adriana T. Huguenin. Jueza Avellaneda, 27 Abril de 2012. Dra. MARIA NOELIA SUAREZ - Auxiliar letrada - Tribunal del Trabajo Nº3 Avellaneda. LC s/c v24-5